o si lo prefieres te llamamos nosotros
La AEPD ha prohibido recopilar el escaneo del iris en España. Te contamos por qué y cuánto dura la medida.
Miriam Montero | 11.03.2024
¿Has ido a un centro comercial y has visto largas colas de gente para escanearse el iris? ¿Te han ofrecido hacerlo a cambio de criptomonedas? ¿Sabes qué riesgos corres al hacerlo? ¿O que tu iris es un dato sensible? ¡Te lo explicamos!
La empresa “Tools for Humanity Corporation”, en su proyecto Worldcoin, informa que lo que busca es dotar a la Inteligencia Artificial de mecanismos para demostrar que eres una persona y no un robot.
El escaneo de tu iris se hace a cambio de criptomonedas, el valor de las cuales fluctúa según el momento en el que te recogieran esos datos.
Desde 7 de marzo 2024, la empresa no puede seguir recopilando datos a través del escaneo del iris. Esto se debe a una medida cautelar de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). La AEPD exige “el cese en la recogida y tratamiento de datos personales, así como el bloqueo de los ya recopilados” después de haber recibido varias denuncias por tratamiento de datos de menores e imposibilidad de retirada del consentimiento.
La AEPD toma esta medida, hasta ahora nunca impuesta, como excepcional para proteger el derecho fundamental a la protección de los datos biométricos y evitar posibles cesiones a terceros.
La medida tendrá un plazo de 3 meses, el cual se podrá ampliar, y conllevará una investigación.
Un dato biométrico es aquel que nos hace reconocibles de manera inequívoca como persona por nuestras características físicas o fisiológicas, como nuestro iris o nuestras huellas dactilares, y no se puede modificar.
Al facilitarlo, estamos comprometiendo nuestra seguridad, ya que no es posible cambiarlos como si de una contraseña se tratara. Podemos sufrir suplantaciones de identidad si se ven comprometidos.
Por eso es un dato llamado de “categoría especial”, según el Reglamento de Protección de Datos de la UE, lo que hace que esté prohibido su tratamiento a no ser que se den unas circunstancias especiales como dar el consentimiento explicito e inequívoco para el tratamiento, siempre que sea proporcional al fin solicitado.
Mientras esta medida esté activa no podrán hacer nada con tus datos, ya que deben bloquearlos. También quedarán bloqueados los datos económicos, por lo que no podrías hacer transacciones a través de su app.
En caso de que no cumplan con la medida podrían ser gravemente sancionados, con multas de hasta 20 millones de euros o del 4% del volumen de negocio de la empresa.
Por lo tanto, de momento no es legal escanear tu iris a cambio de criptomonedas. Deberemos esperar a que pase el plazo de la medida cautelar para ver qué decisiones se toman al respecto de forma definitiva.
También te puede interesar: