Puedes reclamar un suspenso en tu carnet de conducir
Te contamos cómo reclamar si ha habido un error por parte de la autoescuela.
Conoce las consecuencias de conducir sin seguro obligatorio con ARAG.
Miriam Montero | 15.08.2015
Es importante saber que todos los vehículos a motor que tenga su estacionamiento habitual en España están obligados a tener suscrito y mantener en vigor un seguro. Está obligación recae sobre el propietario del vehículo y únicamente se exceptúan de este deber de aseguramiento los remolques, semirremolques y máquinas remolcadas especiales cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kilogramos, así como aquellos vehículos que hayan sido dados de baja temporal o definitiva del Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico.
No tener el seguro obligatorio conlleva las siguientes consecuencias para el propietario del vehículo:
La sanción se tramitará por la Jefatura Provincial de Tráfico o, en aquellas comunidades autónomas con competencia en materia de tráfico, los órganos previstos por su normativa autonómica. Para tramitar esta sanción se aplicará la Ley de Tráfico.
Cabe añadir que el 50% del importe recaudado por las multas por circular sin seguro obligatorio se entregará al Consorcio de Compensación de Seguros y servirán para compensar parte de las indemnizaciones que haya tenido que satisfacer el Consorcio a las víctimas de accidentes en cumplimiento de las funciones que legalmente tiene atribuidas.
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