En cuanto a los permisos para conducir motocicletas o ciclomotores encontramos 5 tipos: AM, A1, A2, A y B. ¿Qué tipo de vehículos autoriza a conducir cada uno de ellos y a partir de qué edad?
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PERMISO AM
El carnet AM autoriza a conducir ciclomotores de dos y tres ruedas y cuatriciclos ligeros. También permite la conducción de vehículos para personas de movilidad reducida. La edad mínima requerida para obtener este permiso es de 15 años.
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PERMISO A1
Este permiso autoriza a conducir motocicletas de una cilindrada de hasta 125 centímetros cúbicos, una potencia máxima de 11 kW y una relación potencia/peso máximo de 0,1 kW/kg. También permite la conducción de triciclos de motor cuya potencia máxima no exceda de 15 kW y vehículos para personas de movilidad reducida. La edad mínima requerida para obtener este permiso es de 16 años. El titular de un permiso de conducción de la clase B con más de 3 años de antigüedad también está autorizado a conducir en territorio nacional las motocicletas que autoriza a conducir el permiso A1, sin necesidad de hacer ningún trámite en la Jefatura de Tráfico. La obtención del permiso de conducir A1 implica la obtención del permiso AM.
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PERMISO A2
El permiso A2 Autoriza a conducir motocicletas con una potencia máxima de 35 kW y una relación potencia/peso máximo de 0,2 kW/kg y no derivadas de un vehículo con más del doble de su potencia. La edad mínima requerida para obtener este permiso es de 18 años. La obtención del permiso de conducir A2 implica la obtención del permiso A1.
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PERMISO A
El carnet A autoriza a conducir toda clase de motocicletas y triciclos de motor y la edad mínima requerida para obtener este permiso es de 20 años. Sin embargo, no autorizará a conducir triciclos de motor de potencia superior a 15 kW hasta tener los 21 años cumplidos. El permiso de la clase A solo se podrá expedir a quien sea titular de un permiso de la clase A2 con, al menos, dos años de antigüedad.
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PERMISO B
Es el más común porque es el que permite, entre otros, la conducción de vehículos de hasta 3.500 kg y no más de 8 pasajeros, también autoriza a conducir ciclomotores, triciclos, cuatriciclos de motor y vehículos para personas de movilidad reducida. Sin embargo, hasta los 21 años cumplidos no autorizará la conducción de triciclos de motor con una potencia superior a 15 kW.