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El seguro para el impago del alquiler más completo

¿Eres propietario de un local y quieres alquilarlo? Si quieres alquilar tu local y garantizar el pago de las mensualidades , este es tu mejor seguro. Olvídate de los posibles problemas porqué nuestros abogados estarán a tu lado para reclamar y defender tus derechos y garantizar el cobro de las rentas mensuales.

Llámanos:

971 074 483

¿Qué cubre un seguro de alquiler para locales?

Coberturas
LOCALES
Asistencia Jurídica Telefónica
Si tienes dudas legales, nuestros abogados especialistas te atenderán. Sin límite de consultas
Reclamación por daños y perjuicios

ARAG reclama por ti en caso de daños materiales, físicos o morales
Defensa Penal
Ponemos un abogado a tu disposición para que te defienda si te denuncian por vía penal
Defensa Civil suplementaria
Ponemos un abogado a tu disposición para defender si tu compañía de seguros no actúa
Defensa como consumidor
Ponemos un abogado a tu disposición para defender tus derechos como consumidor en contratos de compras, alquiler, seguros y suministros
Defensa en cuestiones del ámbito laboral
Si como trabajador tienes conflictos o necesitas reclamar, ARAG se ocupará de tu caso
Defensa jurídica frente la Administración Pública
Si necesitas hacer frente a una sanción o quieres defender tus derechos como ciudadano, ARAG te defenderá
Defensa Jurídica Fiscal
Te defendemos frente la Administración Tributaria si tienes problemas con: Impuestos de la Renta, Impuestos sobre Sucesiones y Patrimonio
423,52€*

*para un local con alquiler de 700€ y 6 meses de cobertura
Coberturas y precio sujetos a las Condiciones Generales del Seguro

¿Cómo funciona el seguro del impago de alquiler para locales?

Cómo funciona el seguro del impago de alquiler para locales

¿Qué debo hacer si el inquilino deja de pagar el alquiler?

¿Necesitas hablar con un abogado?

Si eres cliente y necesitas hacer una consulta a un abogado, llámanos y nuestros abogados especialistas te atenderán equipo de asistencia te atenderá.

 

Recuerda que...

Si el inquilino ha dejado de pagar el alquiler en el plazo acordado en el contrato, debes avisarnos en los 45 días posteriores al impago para iniciar los trámites. De esta forma te aseguras que el adelanto de las rentas se hará por el máximo de meses que corresponden.

 
 

¿Por qué escoger ARAG?

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Más del 87% de casos resueltos con éxito
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