¿Puedo cerrar con llave la puerta de mi comunidad?
Descubre si es legal cerrar con llave la puerta de tu comunidad o de cualquier edificio.
En pocas palabras...
Es muy habitual que en las juntas de propietarios se proponga cerrar con llave la puerta de acceso al edificio con el fin de garantizar la seguridad de los vecinos. Pero, ¿es legal?
¿Es legal cerrar las puertas de un edificio?
Legalmente no se pueden cerrar con llave las puertas de un edificio, por temas de protección contra incendios, porque en caso de evacuación sería un peligro.
¿Puedo reclamar la decisión de cerrar las puertas de la comunidad?
Si el tema se ha previsto en el orden del día de la junta de propietarios, cabe la posibilidad de adoptar el acuerdo con una simple mayoría pero, ¡ojo! si algún propietario quisiera impugnar el acta por sentirse perjudicado con esta decisión, podría llegar a prosperar.
Además de la Ley de Propiedad Horizontal se ha de tener en cuenta la norma básica de la edificación sobre condiciones de protección contra incendios en los edificios. Esta norma dice que "Las puertas de salida serán abatibles con eje de giro vertical y fácilmente operables. Es recomendable que los mecanismos de apertura de las puertas supongan el menor riesgo posible para la circulación de las personas".
Por lo tanto, no, no sería legal cerrar las puertas de la comunidad con llave al ser considerado un peligro en caso de incendio u otra emergencia.