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Si un temporal con fuertes vientos y lluvia causa daños en tu propiedad, debes saber que existe la posibilidad de reclamar al Consorcio de Compensación de Seguros, que es una entidad adscrita al Ministerio de Hacienda y es la encargada de indemnizar por los daños producidos a personas y a bienes en determinados casos y circunstancias.

El Consorcio cubrirá los daños que tengan la consideración de riesgos extraordinarios:

  • Fenómenos de la naturaleza, como los terremotos, maremotos, inundaciones extraordinarias, erupciones volcánicas, tempestad ciclónica atípica (con vientos extraordinarios con rachas superiores a 120 km/h y tornados) y caídas de meteoritos. Los datos de los fenómenos atmosféricos serán obtenidos por el Consorcio mediante informes certificados expedidos por el Instituto Nacional de Meteorología.
  • Terrorismo
  • Actuaciones de las Fuerzas Armadas y Cuerpos de seguridad

Condiciones para ser compensado por el Consorcio

Para poder ser indemnizado por el Consorcio deberán cumplirse las siguientes condiciones:

Tener contratado previamente un seguro en cualquier compañía de seguros autorizada que incluya el bien dañado.

Que la póliza contratada excluya la cobertura de riesgos extraordinarios.

Que la póliza esté en vigor en el momento de producirse los daños.

Que el asegurado se encuentre al corriente de pago de la prima correspondiente de dicho seguro. En la prima se incluye un recargo a favor del Consorcio, que deberá aparecer de forma expresa en el recibo del seguro.

 

Solamente los casos considerados extremos pueden ser indemnizados por el Consorcio. Esto significa que tu seguro sí puede llegar a cubrir los daños derivados de un temporal. Los daños que pueden estar cubiertos, la cuantía, las limitaciones en las indemnizaciones y las condiciones meteorológicas que se cubren deberán estar especificadas en la póliza de seguro correspondiente. Por eso, es importante comprobar primero cuáles son para saber si pueden estar cubiertos directamente por tu póliza. En caso de que creas que tu seguro debe cubrir un riesgo y no lo hace, puedes reclamarlo con tu seguro de Defensa Jurídica ARAG Abogado de Familia.

Cómo reclamar al Consorcio

Si el temporal, dadas sus características, tiene la consideración de riesgo extraordinario, se deberá presentar la solicitud de indemnización al Consorcio. Dicha petición podrá realizarse por escrito, por teléfono o vía on-line a través de la página web del propio Consorcio. Se deberán facilitar los datos identificativos de la póliza, el tomador y el asegurado, el riesgo dañado y la cuenta bancaria donde se deberá ingresar el importe de la indemnización.

Posteriormente, el perito tasador asignado por el Consorcio se pondrá en contacto con el solicitante para acordar una visita y examinar y valorar los daños que se hayan producido.