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La normativa de ascensores en las comunidades de propietarios velan por que haya unas medidas mínimas de seguridad. ¡Descúbrelas en nuestro artículo!
José María Guamis | 17.06.2024
El 1 de julio entrará en vigor la nueva normativa de ascensores en las comunidades de propietarios para que tengan unas nuevas medidas mínimas de seguridad. Si quieres saber en qué consiste ¡sigue leyendo!
El mantenimiento de los ascensores deberá ser realizado por empresas conservadoras. Las empresas conservadoras deberán disponer, para cada ascensor que conserven, de un plan de mantenimiento actualizado.
Las inspecciones se realizarán cada cuatro años en ascensores instalados en edificios de más de veinte viviendas o con más de cuatro plantas. Los demás ascensores no incluidos en el caso anterior y que no sean edificios de uso industrial, cada seis años.
Todos los ascensores incluidos deberán incorporar las siguientes medidas de seguridad.
Vivir en una comunidad de propietarios siempre es complicado y cuanto más grande es el inmueble más posibilidades hay de que surjan problemas o discrepancias entre los vecinos.
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