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Al fin del contrato de alquiler puede que el propietario quiera pactar una renta al alza con su inquilino. ¿Puede hacerlo?
M. Carmen Mohedas | 14.02.2023
Al finalizar un contrato de alquiler, es posible que el casero quiera pactar una nueva renta con su inquilino, normalmente al alza. ¿Puede el propietario subir el precio de la mensualidad al vencer el acuerdo? ¿Y mientras sigue vigente el contrato? ¡Lo vemos en las siguientes líneas!
Cuando el contrato finaliza, y el arrendador lo comunica al arrendatario, se pueden acordar nuevas condiciones. Se trata de un nuevo contrato por lo que se puede pactar una renta diferente a la que se había ido pagando en el contrato anterior. Distinto será el caso mientras el contrato sigue en vigor.
El propietario de una vivienda solo podrá subir el precio del alquiler a su inquilino si ya estaba previsto en el contrato en vigor y según el método que se haya pactado. Estos dos puntos los debemos tener en cuenta en este caso:
Excepcionalmente, debido a la crisis económica derivada de la Guerra de Ucrania, el Gobierno aprobó a partir del pasado 29 de marzo algunas medidas para paliar la situación, entre las que figura limitar la subida de la renta a un 2%. Dicho límite se ha prorrogado para todo el año 2023.
Esta actualización de la renta en base al IPC se aplica durante la duración y las prórrogas del contrato, pero no cuando el contrato finaliza.
En Cataluña se determinó por Ley limitar las rentas de algunas zonas declaradas tensas, pero la Sentencia del Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucional la imposición de este índice de referencia para calcular el alquiler que se podía exigir, por lo tanto, hay libertad de pacto y el índice solo es meramente informativo.
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