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Conoce que es el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales con ARAG.
M. Carmen Mohedas | 28.04.2016
Cuando alquilamos una vivienda hay que tener en cuenta que se debe liquidar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y que el obligado a ello es el inquilino. No obstante, se pueden utilizar efectos timbrados (plantillas que emite el Estado y que se puede adquirir en el estanco) para sustituir el pago en metálico.
El propietario responde de forma subsidiaria frente a la Administración Tributaria si ha percibido la primera renta y no ha exigido al inquilino justificante de haber liquidado el impuesto.
Actualmente, nos estamos acostumbrando a vender o a comprar artículos de segunda mano en páginas web o aplicaciones móvil en portales de Internet como Wallapop, E-Bay o Vibbo.com.
Es importante tener en cuenta que es el comprador el que está obligado a liquidar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales también por este tipo de transacciones.
Este impuesto se aplica sobre el precio de compraventa y es generalmente del 4%, aunque este porcentaje puede variar en función de cada Comunidad Autónoma.
El pago del impuesto se realiza presentando el modelo de autoliquidación en la oficina de la Comunidad Autónoma correspondiente y el plazo general es 30 días hábiles desde la realización del contrato.
El plazo para liquidar este impuesto es de 30 días desde que se realiza la compraventa.
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