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¿Puedo reclamar una multa de tráfico injusta? ¿Merece la pena renunciar a la reducción del 50% por pronto pago? ¡Resuelve tus dudas ahora y ahorra dinero!
Jordi Mari | 15.02.2017
En ocasiones, nos han puesto multas de tráfico que nos pueden parecer injustas. En estos casos, siempre es posible presentar alegaciones en contra. Sin embargo, tenemos que valorar si estas razones van a poder o no prosperar, pues el sólo hecho de presentarlas supone que estamos renunciando a la bonificación del 50% del importe de la sanción por pronto pago.
Al recibir la denuncia de tráfico hay que tener en cuenta las cuestiones de fondo y de forma de la misma para valorar si es viable reclamar o no.
Las cuestiones de fondo hacen referencia a la infracción presuntamente cometida. Hay que tener en cuenta que la Ley de Seguridad Vial establece que los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico tienen presunción de veracidad en su palabra (salvo prueba de lo contrario). Esto significa que corresponde al denunciado acreditar que no ha cometido la infracción.
Por ello es bueno conseguir pruebas para poder rebatir la palabra del agente cuando hemos sido denunciados y no estamos de acuerdo con esta denuncia, por ejemplo en casos como:
Si nos sancionan por mal estacionamiento pero consideramos que la zona no está bien señalizada, conviene tomar una fotografía del lugar de la denuncia para acreditar nuestra versión. En ocasiones es difícil conseguir pruebas y eso dificulta la viabilidad de nuestras alegaciones.
Otras denuncias vienen acompañadas de más pruebas que la mera declaración del agente denunciante. Es el caso, por ejemplo, de las denuncias por exceso de velocidad. Aquí hay que atender a las pruebas que nos aportan, como la fotografía captada por el radar o que sea correcto el certificado de homologación y verificación periódica del aparato.
En cuanto a la forma, son viables las reclamaciones en caso de que:
Si recibimos una multa y decidimos que queremos recurrirla, deberemos redactar un escrito especificando las causas por las que creemos que la sanción no es válida. Deberemos dirigirlo a la Dirección General de Tráfico (DGT) o a la entidad que ha emitido la multa (por ejemplo, al ayuntamiento correspondiente). Cómo hemos comentado anteriormente, es muy importante adjuntar todas las pruebas que tengamos para verificar los hechos.
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