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Los pilotos de Air Europa han empezado esta semana una huelga que se alargará hasta mínimo el próximo 2 de julio. El sindicato de pilotos Sepla pide un acuerdo en el que se reconozca el compromiso con los pilotos de la compañía y que ponga fin a once años de pérdida de poder adquisitivo. Mientras tanto, muchos pasajeros sufrirán retrasos o cancelaciones que pueden afectar negativamente a sus viajes vacacionales.

Si existe un retraso en el vuelo, la aerolínea tiene la obligación de prestar el derecho a atención. “Consiste en ofrecer comida y refrescos suficientes en función del tiempo de espera; alojamiento en un hotel si es necesario pernoctar una o varias noches; el transporte entre el aeropuerto y el hotel; y dos llamadas telefónicas o correos electrónicos”, explica Adriana Hibernón, abogada especializada en consumo de ARAG.

Si el retraso es igual o superior a tres horas con respecto a la hora de llegada prevista en el destino final, lo que se conoce como “Gran Retraso”, la compañía aérea deberá indemnizar al pasajero con una compensación económica de entre 250 y 600 euros en función de la distancia a recorrer. Por último, Hibernón explica que la normativa europea dicta que “cuando el retraso supere las cinco horas y el pasajero decida no viajar, la aerolínea deberá reembolsar el coste del billete correspondiente a la parte del viaje no efectuada y a la parte efectuada si el vuelo ya no tiene razón de ser para el pasajero”.

Vuelo cancelado, derecho de compensación económica

Durante la huelga de pilotos, muchos vuelos también pueden ser cancelados. “Para estos casos la ley obliga a las compañías aéreas a ofrecer el derecho al reembolso o a un transporte alternativo en condiciones de transporte comparables”, aclara la abogada de ARAG. Además, si no se avisa al pasajero de la cancelación con una antelación de entre dos semanas y siete días, con respecto a la hora de salida prevista, existe el derecho de compensación económica que obliga a la compañía al pago de entre 250 a 600 euros en función de los kilómetros a recorrer. “Si la compañía aérea denegara el pago del derecho a compensación alegando que la huelga es una circunstancia extraordinaria, es importante conocer la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que establece que una huelga de trabajadores de una aerolínea no está comprendida en ese concepto”, recalca Hibernón.

¿Y si hemos contratado nuestro vuelo a través de un paquete turístico?

Si el vuelo cancelado o afectado por un retraso forma parte de un paquete turístico contratado con un turoperador, será éste el que deberá ofrecer a los viajeros una alternativa de transporte, la devolución del precio del billete o las compensaciones económicas oportunas. De todas formas, Adriana Hibernón recomienda “que el consumidor reclame tanto ante la agencia de viajes como ante la aerolínea”.

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