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¿Cuánto debe medir una plaza de garaje? ¿Puedo aparcar más de un coche? ¿Puedo poner un enchufe en ella? ¡Te lo aclaramos!
Adriana Hibernon | 15.06.2023
Si tienes una plaza de garaje, puede que tengas algunas dudas sobre cómo debes realizar diversos trámites o qué se te permite hacer como propietario. ¿Se puede aparcar más de un vehículo en la misma plaza de garaje? ¿Puedo aparcar más de un coche? ¿Cómo puedo alquilarla? ¿Y puedo poner un enchufe en ella? Lo aclaramos todo en este artículo.
La normativa que establece el tamaño que debe tener una plaza de garaje depende de cada municipio y puede variar de una localidad a otra en función de lo que se regule en su Plan General de Ordenación Urbanística. El tamaño general suele ser de 2,5 m de ancho por 4,5 m de largo.
El problema que hay es que el tamaño de los vehículos se ha incrementado notablemente en los últimos años y las normativas, aunque se vayan actualizando, no han modificado aspectos como el de las dimensiones, lo que conlleva a muchos usuarios a no poder utilizar sus plazas correctamente.
Por un lado, tenemos el Artículo 394 del Código Civil que establece que: “Cada partícipe podrá servirse de las cosas comunes, siempre que disponga de ellas conforme a su destino y de manera que no perjudique el interés de la comunidad, ni impida a los copartícipes utilizarlas según su derecho.”
Por otro lado, la Ley de Propiedad Horizontal, norma que regula el funcionamiento en las relaciones de vecindad, no prohíbe de forma explícita este supuesto, pero lo que sí regula es que es obligación de cada propietario respetar las instalaciones generales de la comunidad y demás elementos comunes y que no está permitido desarrollar actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas.
De todo ello se interpreta que no podremos aparcar varios vehículos en la misma plaza de garaje si alguno sobrepasa los márgenes que delimitan las rayas del suelo de la plaza y especialmente cuando con ello se entorpezca o limite el paso y maniobrabilidad del resto de propietarios. Pero, además esta ley también permite que por acuerdo de los vecinos se especifiquen, completen y hasta modifiquen ciertos derechos y deberes, mediante la creación de un Estatuto de comunidad, el cual podrá establecer ciertas limitaciones en la disposición de las plazas.
Igualmente, también es importante consultar si las ordenanzas municipales del lugar donde se ubica la plaza de garaje han establecido alguna limitación al respecto. Puede suceder que en la licencia municipal se indique el número de vehículos que se pueden aparcar o únicamente se haga referencia al número de plazas de garaje. En este último caso se permitiría aparcar más de un vehículo si por las dimensiones tienen cabida.
Al tratarse de un espacio privativo, aunque esté dentro del garaje comunitario será un problema que deba resolver a nivel particular el propietario de la plaza de aparcamiento.
A la hora de alquilar una plaza de garaje es conveniente formalizar un contrato por escrito donde consten los pactos entre arrendador y arrendatario. Este contrato puede ser un documento privado y, dentro de las cláusulas a pactar, sería básico identificar:
En el caso de que no se haya fijado la duración del alquiler en el contrato, se entenderá que el plazo es anual cuando el importe y pago del alquiler se haya fijado de forma anual y que el plazo es mensual si se ha fijado un alquiler por meses.
En estos pactos se establecerán las obligaciones y derechos que asume cada parte como, por ejemplo:
En cuanto a las obligaciones que asume el arrendador, hay que destacar que el alquiler de plaza de garaje está sujeto a IVA, siendo el tipo impositivo de un 21%. Por lo tanto, el arrendador deberá proceder a darse de alta y hacer los ingresos trimestrales y resumen anual de IVA.
Hay que tener en cuenta que el contrato de alquiler de plaza de garaje no tiene una normativa específica que lo regule, por lo que se regirá por lo pactado por las partes y en su defecto por el Código Civil (artículos 1542 a 1582).
Los alquileres percibidos, al igual que ocurre en otros arrendamientos, se tendrán que declarar como rendimientos del capital inmobiliario en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas.
En el caso de que se alquile la plaza de alquiler a una empresa, y no a un particular, a la renta se le deberá descontar el 19% de la retención por IRPF.
Podremos echar al inquilino de la plaza de garaje cuando se haya cumplido la fecha de duración prevista por contrato o cuando no cumpla con alguna de las condiciones pactadas. Para comunicar la resolución del contrato es conveniente hacerlo por burofax, ya que tiene valor fehaciente.
La Ley de Propiedad Horizontal obliga a los propietarios a respetar las normas de convivencia y uso de las zonas comunes. Aparcar fuera de la plaza conlleva incumplir estas normas.
Además, tampoco se podrán utilizar otros espacios del parking que no tengan asignado un uso específico, puesto que por un lado se trata de un derecho de propiedad que corresponde a la comunidad en su conjunto y no un derecho de propiedad individual.
En el caso de que algún vecino quiera hacer uso exclusivo de un espacio comunitario en la zona de aparcamiento, deberá ser sometido a votación en reunión de comunidad y obtener la mayoría necesaria para alquilar ese espacio. Pero esto sólo será posible si no existe limitación por ordenanzas en cuanto al número máximo de vehículos o número máximo de plazas de aparcamiento.
También conviene consultar si existen estatutos de comunidad y si en éstos consta algún tipo de acuerdo o limitación, previamente adoptado en relación con las plazas de aparcamiento y espacios de la zona de garaje.
La normativa de propiedad horizontal establece que, cualquier propietario tiene derecho a poder colocar un punto de recarga de vehículo eléctrico para uso privado. Se deberá poner en el espacio de la plaza individual del garaje y previa comunicación al presidente. Evidentemente, el coste de la instalación, así como el consumo de electricidad, deberá ser asumido íntegramente por quien lo utilice.
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