Requisitos, pasos a seguir y tipos de acogimientos
Te contamos qué requisitos y qué pasos deben cumplir las familias de acogida, así como los tipos de acogimientos que existen.
Conoce el porqué de presentar dicha certificación para ejercer tu trabajo con menores.
Cristina Gonzalez | 26.10.2015
La Ley sobre modificación del sistema de protección a la infancia y adolescencia ha supuesto un cambio en cuanto a protección jurídica del menor. Se ha añadido un nuevo apartado que establece que:
“Será requisito para el acceso y ejercicio a las profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores, el no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos”.
Esta práctica ya existe en otros países de la UE.
Sin duda, esta novedad tiene dos claros objetivos:
Así pues, la entrada en vigor de esta reforma normativa supone, a título de ejemplo, que para trabajar como profesor en un colegio, monitor, cocinero de comedor escolar, así como todas aquellas otras profesiones u oficios que supongan un contacto habitual con niños y adolescentes, será un requisito imprescindible adjuntar la correspondiente certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales.
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