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Hay establecimientos, como bares y tiendas no autorizadas, que incrementan en algunos euros el precio de los boletos de la lotería de Navidad. ¿Es legal?
Miriam Montero | 13.12.2016
Con la llegada de la Navidad, es tradición adquirir lotería, especialmente para los sorteos de Navidad y del Niño. Hay multitud de establecimientos, como bares, empresas u organizaciones benéficas que ofrecen décimos. En ocasiones, los vendedores incrementan el coste de estos boletos para obtener un beneficio, alegando por ejemplo gastos de gestión. ¿Es legal esta subida de precio?
La Instrucción General de Loterías declara prohibida la reventa de décimos con sobreprecio, castigando esta reventa con arreglo a la legislación vigente en materia de contrabando y defraudación. Además, establece que sólo podrá venderse lotería en las Administraciones de Loterías legalmente establecidas o por vendedores autorizados.
Asimismo, indica que aquellas personas o entidades que quieran vender lotería con recargo no podrán hacerlo si no tienen una autorización previa de la Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado (SELAE). El sobrecoste en este caso no puede ser mayor del 20%.
En resumen, si queremos revender lotería con un recargo, deberemos tener una autorización previa de SELAE.
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