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Si has tenido que estar en una mesa electoral el día de las elecciones, conoce que ventajas laborales tienes.
Sonia Sanchez | 18.05.2015
Como sabemos, ante la llegada de unas elecciones existe la posibilidad de que nos designen para formar parte de una mesa electoral. Esta Mesa estará formada por un Presidente o Presidenta y dos vocales elegidos por sorteo entre las personas censadas en una sección electoral.
Ante esta situación podemos tener la duda sobre los derechos que nos corresponden si somos trabajadores en activo y nos toca formar parte de la mesa. ¡Lo explicamos!
Las personas trabajadoras por cuenta ajena y los funcionarios que hayan sido nombrados presidente o vocal tienen derecho a un permiso retribuido de jornada completa durante el día de la votación, si se trata de un día laboral para el trabajador.
Si un trabajador ha sido nombrado en las elecciones Presidente o Vocal de las Mesas electorales tiene derecho a una reducción de la jornada de 5 horas el día inmediatamente posterior a las elecciones.
Si alguno de los suplentes tiene que desempeñar la función por ausencia del titular, tendrá derecho al permiso retribuido y a la reducción de jornada. No procederá la concesión de estos derechos si el suplente no llega a ocupar su puesto en la Mesa electoral.
Así que, si has sido nombrado miembro de una mesa electoral, ¡ya lo sabes! Puedes ejercer tus derechos laborales teniendo en cuenta nuestros consejos.
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