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Como sabemos, ante la llegada de unas elecciones existe la posibilidad de que nos designen para formar parte de una mesa electoral. Esta Mesa estará formada por un Presidente o Presidenta y dos vocales elegidos por sorteo entre las personas censadas en una sección electoral.

Ante esta situación podemos tener la duda sobre los derechos que nos corresponden si somos trabajadores en activo y nos toca formar parte de la mesa. ¡Lo explicamos!

¿Qué permisos laborales tengo si me toca estar en una mesa electoral el día de las elecciones?

Las personas trabajadoras por cuenta ajena y los funcionarios que hayan sido nombrados presidente o vocal tienen derecho a un permiso retribuido de jornada completa durante el día de la votación, si se trata de un día laboral para el trabajador.

Si has estado en una mesa electoral ¿tengo derecho a una reducción de mi jornada laboral?

Si un trabajador ha sido nombrado en las elecciones Presidente o Vocal de las Mesas electorales tiene derecho a una reducción de la jornada de 5 horas el día inmediatamente posterior a las elecciones.

Si alguno de los suplentes tiene que desempeñar la función por ausencia del titular, tendrá derecho al permiso retribuido y a la reducción de jornada. No procederá la concesión de estos derechos si el suplente no llega a ocupar su puesto en la Mesa electoral.

¿El derecho a esta reducción requiere justificación?

Sí, tienes que preavisar y justificar posteriormente a la empresa. Para ello tienes que aportar la acreditación de la Mesa electoral.

¿Y si he sido designado interventor o apoderado?

Si has sido designado interventor tienes los mismos permisos que el presidente y los vocales. Pero si eres apoderado, sólo tiene derecho al permiso retribuido correspondiente al día de las elecciones.

Así que, si has sido nombrado miembro de una mesa electoral, ¡ya lo sabes! Puedes ejercer tus derechos laborales teniendo en cuenta nuestros consejos.

 

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