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¿Qué es el Padrón Municipal?

El Padrón Municipal es un registro administrativo donde constan los vecinos del municipio. Los Ayuntamientos remiten al Instituto Nacional de Estadística (INE) las variaciones mensuales que se producen en los datos de sus padrones municipales.

El INE realiza las comprobaciones oportunas y eleva al Gobierno la propuesta de cifras oficiales de población de los municipios españoles el 1 de enero de cada año.

Con la aprobación se declaran oficiales las cifras de población y se procede a su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

¿Quién debe estar inscrito en el Padrón Municipal?

Toda persona que viva en España tiene obligación legal de estar inscrita en el Padrón del municipio donde resida habitualmente. Quien viva en más de un municipio se inscribirá en el que resida durante más tiempo al año, por tanto, no es legal el doble empadronamiento.

Los datos que contiene el Padrón constituyen prueba de la residencia en el municipio y de su domicilio habitual. Las certificaciones que se emitan tendrán carácter de documento público y fehaciente para todos los efectos administrativos.

¿Qué consta en la inscripción del Padrón Municipal?

La inscripción en el Padrón Municipal contendrá, como mínimo:

  • Nombre y apellidos
  • Sexo
  • Nacionalidad
  • Lugar y fecha de nacimiento
  • Número del DNI o, tratándose de extranjero, el documento que lo sustituya
  • Certificado de título escolar o académico

Además, se podrán añadir cuantos otros datos sean necesarios para la elaboración del censo electoral.

¿Los datos del Padrón Municipal son confidenciales?

Los datos del Padrón Municipal se cederán a las Administraciones Públicas que lo soliciten sin consentimiento previo y también pueden servir para elaborar estadísticas oficiales sometidas al secreto estadístico.

Fuera de los casos anteriores, los datos del Padrón son confidenciales y su acceso está sujeto a los dispuesto en la normativa de protección de datos y de la Ley 39/2015.

¿Quién se encarga de actualizar el Padrón Municipal?

La formación, actualización, revisión y custodia del Padrón Municipal corresponde al Ayuntamiento, de acuerdo con las normas aprobadas conjuntamente por el Ministerio de Economía y Hacienda y Administraciones Públicas. Todos los padrones municipales se gestionarán por medios informáticos.

¿Qué se debe hacer si cambio de residencia?

Cuando una persona cambia de residencia deberá solicitar su alta en el Padrón de municipio de destino comunicando en la solicitud el municipio o país de procedencia. En los diez días del mes siguiente se remitirá al municipio de procedencia, donde se dará de baja en su Padrón.

El Ayuntamiento facilitará la hoja padronal o formularios, en formato físico o electrónico, donde se deben notificar los datos obligatorios que deben figurar, identificando los que son de carácter voluntario. El Ayuntamiento podrá comprobar la veracidad de los datos exigiendo la presentación de documentos que acrediten la identidad y el domicilio en el municipio.

¿Qué ocurre si no me inscribo en el Padrón Municipal o lo hago de forma incorrecta?

La negativa a cumplimentar las hojas de inscripción padronal, la falta de firma de estas, las omisiones o falsedades producidas en las hojas o solicitudes de inscripción, serán sancionadas como infracciones administrativas.

El incumplimiento de empadronamiento también implicará el inicio de un procedimiento administrativo sancionador que finalizará, si queda demostrada la irregularidad, con la imposición al infractor de una multa que variará en función de la ordenanza municipal aplicable y de acuerdo con la normativa del RD 1690/1986.

 

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