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¿Sabes que debes hacer para conseguir permiso para hacer una hoguera o vender petardos? ¿Quién asume la responsabilidad si hay un accidente? ¡Te lo contamos en este artículo!

Lo que debes saber sobre las hogueras

Durante la noche de San Juan en muchos barrios y poblaciones se encienden hogueras, pero, ¿es legal? Es importante recordar que cada Ayuntamiento determina, a través de ordenanzas de orden público y seguridad, en qué lugares y en qué condiciones se pueden realizar. Si no hay una autorización previa, encender hogueras puede suponer una multa de hasta 1.500 euros -cifra que depende de cada regulación municipal-. Así pues, es imprescindible tener autorización del ayuntamiento, a través de una solicitud.

El Ayuntamiento debe conocer...

  • 1. El lugar donde se ha pensado realizar la hoguera.
  • 2. Cuántas personas participaran en el evento.
  • 3. Qué medidas de seguridad se tomaran.

El Ayuntamiento responderá si da o no el permiso solicitado y explicará las medidas de seguridad que debemos utilizar.

¿Quién es el responsable si alguien sufre una quemadura?

Dependerá de las circunstancias concretas en las que se produzcan las quemaduras, de si se han respetado todas las normas de seguridad y de si la actuación del quemado ha sido o no negligente. El hecho de tener autorización del Ayuntamiento no exime automáticamente de responsabilidades en caso de que alguien resulte quemado, y habrá que determinar también si tienen que atender el pago de las indemnizaciones los seguros de accidentes y de responsabilidad civil de los organizadores de la hoguera.

Los heridos podrán denunciar sus lesiones en la Comisaría de Policía o en los Juzgados de Guardia. El juez determinará si existe responsabilidad penal por apreciar la existencia de algún tipo de delito. Si se quiere reclamar indemnización por responsabilidad civil, se puede acudir tanto a la vía penal (si hay delito) como a la vía civil.

Lo que debes saber sobre los petardos

  • Se dividen en tres categorías: categoría I (edad mínima de uso 12 años), categoría II (la edad mínima son 16 años) y categoría III (edad mínima 18 años).
  • Está prohibido vender a menores de 12 años.
  • Todos los comercios que vendan petardos deben haber obtenido la autorización administrativa por parte de las subdelegaciones del Gobierno y del Ayuntamiento correspondiente. Si vendes petardos y no tienes la documentación o autorización necesaria te pueden multar. Las multas van de los 601 a los 30.000 euros.
  • Se permite la venta electrónica y telefónica de petardos, pero la persona que realiza la compra es la misma que la debe recoger.
  • Un único comprador no puede adquirir más de 10 Kg netos de petardos.
  • Queda prohibida la venta ambulante de este tipo de material pirotécnico, y el envió al público ya sea por correspondencia, mensajería u otro tipo de transporte.

¡Feliz verbena!

 

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