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Desde el año 2005, todos los conductores disponemos de un saldo de puntos en nuestro carnet de conducir. ¿Tienes dudas sobre qué infracciones pueden restarte puntos y cuántos? ¡Atentos a este artículo!

 

Puntos del permiso de conducción que nos pueden restar

Nos restaran 2 puntos del carnet de conducir por…

  • Superar el límite de velocidad fijado para la vía por la que conducimos (según el exceso de velocidad, ver cuadro al final)

Nos restaran 3 puntos del carnet de conducir por…

  • Superar el límite de velocidad fijado para la vía por la que conducimos (según el exceso de velocidad, ver cuadro al final)
  • Efectuar un cambio de sentido en zonas prohibidas.
  • Conducir utilizando manualmente el teléfono móvil, el navegador, utilizando cascos auriculares u otros dispositivos que disminuyan la atención.
  • No hacer uso del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y demás elementos de protección.
  • Conducir un vehículo utilizando mecanismos de detección de radares.

Nos restaran 4 puntos del carnet de conducir por…

  • Superar el límite de velocidad fijado para la vía por la que conducimos (según el exceso de velocidad, ver cuadro al final)
  • Conducir con exceso de alcohol (valores miligramo/litro en aire espirado): Superiores a 0,25 hasta 0,50 mg/l (o de 0,15 hasta 0,30 mg/l en caso de profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años de experiencia).
  • Conducir un vehículo con un permiso de conducción que no le habilite para ello.
  • Arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios, accidentes u obstaculizar la circulación.
  • No respetar la prioridad de paso y no obedecer las señales de stop, ceda el paso y los semáforos en rojo.
  • Realizar adelantamientos peligrosos o entorpeciendo a ciclistas.
  • Realizar la maniobra de marcha atrás en autopistas y autovías.
  • No respetar las señales u órdenes de los Agentes que regulan el tráfico.
  • No respetar la distancia de seguridad con el vehículo que le precede.
  • Conducir con el permiso suspendido o teniendo prohibido el uso de ese vehículo.

Nos restaran 6 puntos del carnet de conducir por…

  • Superar el límite de velocidad fijado para la vía por la que conducimos (según el exceso de velocidad, ver cuadro al final)
  • Conducir con exceso de alcohol (valores miligramo/litro en aire espirado): Superior a 0,50 mg/l (o 0,30 mg/l para profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años.
  • Conducir con presencia de drogas o estupefacientes en el organismo.
  • Negativa a someterse a las pruebas de alcoholemia o drogas.
  • Conducir de forma temeraria, en sentido contrario o participar en carreras ilegales.
  • Conducir vehículos que tengan instalados inhibidores de radares o cualquier otro mecanismo que pueda interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico.
  • Exceder en más del 50% los tiempos de conducción o minorar en más del 50% los tiempos de descanso establecidos en la legislación sobre transporte terrestre.
  • Alterar por parte del conductor el normal uso del tacógrafo o del limitador de velocidad.

Cuadro de sanciones y puntos por exceso de velocidad

 

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