Cómo afectará a tu próxima Renta haber cobrado un ERTE
Los afectados por un ERTE tienen todas las papeletas para que la declaración de la Renta les salga a pagar. ¿Cuánto y por qué? Lo detallamos a continuación.
Te explicamos todo lo que debes saber sobre la campaña de la Renta 2021 de este año. ¡Sigue leyendo!
Melissa Saez | 08.04.2022
La campaña de la Renta 2021 ya está aquí. Para ayudarte con las dudas más frecuentes y con los cambios más importantes, te presentamos la siguiente guía.
La reducción adicional que corresponde al presentar la declaración de forma conjunta será de 3.400€ para los matrimonios y de 2.150€ para el resto de los casos. Siempre será más favorable presentar la declaración conjunta en los casos que no sean matrimonios. En el caso de matrimonios, sólo favorecerá cuando un miembro dependa económicamente del otro o solo perciba rentas exentas. Ahora bien, el programa de Hacienda realizará siempre los cálculos para comprobar cuál será la opción más favorable en nuestro caso concreto.
En vez de tener un único pagador se pasa a tener dos, por lo que se tiene la obligación de presentar el impuesto de la renta si se superan los 14.000€.
Debido a los errores en los pagos del SEPE, Hacienda propuso las siguientes reglas:
Cuando el propietario de un bien inmueble decide arrendar deberá declarar todas las rentas obtenidas por el contrato de alquiler. No obstante, la ley permite aplicar una serie de gastos que serán deducibles. De esta manera, se obtendrá el rendimiento neto que es por los que el contribuyente pagará impuestos. Estos gastos son: intereses y gastos de financiación; tributos; servicios personales; gastos jurídicos; saldos de dudoso cobro (en caso en el que el inquilino no pague las rentas de alquiler); gastos de conservación y reparación; seguros; servicios y suministros; y amortización.
Aquellos arrendamientos de inmuebles destinados a vivienda podrán aplicarse una reducción del 60%, de tal forma que únicamente se tributará por el 40% restante. Dicha reducción solo se podrá aplicar cuando el contribuyente declara voluntariamente mediante autoliquidación, no siendo posible su aplicación posterior en caso de iniciarse un procedimiento de comprobación.
En los arrendamientos de local de negocio, arrendamientos de temporada, arrendamientos turísticos o cualquier otro tipo de arrendamiento que no tenga como destino principal el uso de vivienda habitual del inquilino se deberá tributar por el total del beneficio.
Desde el 1 de enero de 2015 no existe la deducción estatal por alquiler de la vivienda habitual, sin perjuicio de la deducción por alquiler de vivienda habitual que, en su caso, haya aprobado tu Comunidad Autónoma. No obstante, se establece un régimen transitorio que permite seguir beneficiándose de esta deducción si se dispone de un contrato de arrendamiento firmado con anterioridad al 1 de enero de 2015.
Hacienda tiene habilitadas cuatro formas para presentar la declaración de la renta: a través del programa Renta Web, por teléfono mediante los agentes que pone a disposición del contribuyente, de forma presencial previa solicitud de cita o en las oficinas que habilitan las Comunidades Autónomas. Ya no se permite la presentación en papel de la declaración.
Una vez repasados todos los datos y consignados aquellos que no constaran, se podrá presentar. Si el resultado de la declaración es a devolver, el contribuyente consignará un número de cuenta donde Hacienda realizará el ingreso. Si, por el contrario, el resultado de la declaración es a pagar, tendremos cuatro opciones:
También te puede interesar: