A partir del 26 de abril, y durante la vigencia del estado de alarma y sus prórrogas, se habilita a los niños y niñas menores de 14 años a dar un paseo al día mediante la Orden SND/370/2020, de 25 de abril. ¿Cómo debe ser ese paseo? ¿Quién puede darlo? ¿Con qué acompañantes? ¿En qué lugares? ¡Te lo explicamos a continuación!

¿Cómo debe ser el paseo?

  • Solo se puede dar un paseo diario.
  • La duración máxima es una hora.
  • El recorrido no puede ser superior a un kilómetro con respecto al domicilio del menor.
  • El horario para salir es de 9h a 21h.

¿Quién puede darlo?

Los menores de 14 años, siempre que no presenten síntomas o estén en aislamiento domiciliario debido a un diagnóstico por Covid-19 o que se encuentren en periodo de cuarentena domiciliaria por haber tenido contacto con alguna persona con síntomas o diagnosticado de coronavirus.

¿Con quién pueden salir los niños a la calle?

El grupo debe estar formado por un adulto responsable (¡como máximo!) y hasta 3 menores.

Además, se debe mantener una distancia interpersonal de al menos dos metros y cumplir con las medidas de prevención e higiene frente al Covid-19 indicadas por las autoridades sanitarias. Por ejemplo, lavarse las manos con jabón o solución hidroalcohólica al salir y entrar de casa, si tosen o estornudan o si tocan algo que pudiera estar contaminado; usar mascarilla, a partir de 3 años, si no se puede garantizar la distancia interpersonal.

El adulto responsable es la persona mayor de edad que convive con el menor en el mismo domicilio o la persona empleada de hogar a cargo del menor. Es el encargado de garantizar que se cumplen los requisitos establecidos en la norma. Cuando éste sea una persona distinta a los progenitores, tutores, curadores, acogedores o guardadores legales o, de hecho, deberá contar con una autorización previa de los mismos.

¿Por dónde puede darse el paseo?

El adulto y el niño o niños podrán pasear por cualquier vía o espacio de uso público, incluidos espacios naturales y zonas verdes autorizadas, siempre respetando el límite máximo de 1 kilómetro respecto del domicilio del menor.

En este momento no está permitido el acceso a parques infantiles ni a instalaciones deportivas.

Guía de buenas prácticas para los niños

Desde el Gobierno se ha creado una guía de buenas prácticas en las salidas de la población infantil durante el estado de alarma donde, además, nos explican que los menores en su paseo diario pueden, jugar, correr, saltar, salir con sus propios juguetes, montar en bicicleta o patinete.

Otras indicaciones que se dan son, por ejemplo:

  • No se puede quedar con amigos, ni se pueden hacer actividades grupales.
  • Ocasionalmente se puede hablar con terceros, siempre que se mantenga la distancia interpersonal de 2 metros y que la comunicación sea breve.
  • En la medida de lo posible, se debe pasear durante las horas de sol, intentando evitar las aglomeraciones. También nos recomiendan evitar las horas punta de salida y entrada en los centros de trabajo de la zona donde se vive.

Posibles sanciones

Respecto a las posibles sanciones, la norma no establece nada nuevo, por lo que van en la línea de las establecidas en la activación del estado de alarma.