Coronavirus: Sanciones por incumplir el estado de alarma
El estado de alarma por coronavirus implica una serie de medidas que, si no se respetan, pueden conllevar multas o cárcel. Te las explicamos aquí.
Te explicamos cómo deben ser los paseos de los menores en la primera medida de alivio del estado de alarma.
Miriam Montero | 28.04.2020
A partir del 26 de abril, y durante la vigencia del estado de alarma y sus prórrogas, se habilita a los niños y niñas menores de 14 años a dar un paseo al día mediante la Orden SND/370/2020, de 25 de abril. ¿Cómo debe ser ese paseo? ¿Quién puede darlo? ¿Con qué acompañantes? ¿En qué lugares? ¡Te lo explicamos a continuación!
Los menores de 14 años, siempre que no presenten síntomas o estén en aislamiento domiciliario debido a un diagnóstico por Covid-19 o que se encuentren en periodo de cuarentena domiciliaria por haber tenido contacto con alguna persona con síntomas o diagnosticado de coronavirus.
El grupo debe estar formado por un adulto responsable (¡como máximo!) y hasta 3 menores.
Además, se debe mantener una distancia interpersonal de al menos dos metros y cumplir con las medidas de prevención e higiene frente al Covid-19 indicadas por las autoridades sanitarias. Por ejemplo, lavarse las manos con jabón o solución hidroalcohólica al salir y entrar de casa, si tosen o estornudan o si tocan algo que pudiera estar contaminado; usar mascarilla, a partir de 3 años, si no se puede garantizar la distancia interpersonal.
El adulto y el niño o niños podrán pasear por cualquier vía o espacio de uso público, incluidos espacios naturales y zonas verdes autorizadas, siempre respetando el límite máximo de 1 kilómetro respecto del domicilio del menor.
En este momento no está permitido el acceso a parques infantiles ni a instalaciones deportivas.
Desde el Gobierno se ha creado una guía de buenas prácticas en las salidas de la población infantil durante el estado de alarma donde, además, nos explican que los menores en su paseo diario pueden, jugar, correr, saltar, salir con sus propios juguetes, montar en bicicleta o patinete.
Otras indicaciones que se dan son, por ejemplo:
Respecto a las posibles sanciones, la norma no establece nada nuevo, por lo que van en la línea de las establecidas en la activación del estado de alarma.
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