Coronavirus: Guía de teletrabajo para empresas y empleados
Con el teletrabajo impuesto por el coronavirus han surgido muchas dudas. Resolvemos las 9 más frecuentes.
Durante el estado de alarma se han restringido nuestras salidas y también el uso de transporte público. ¿Cómo debemos viajar en taxi, autobús, tren o avión?
Miriam Montero | 30.03.2020
Como bien sabemos el 14 de marzo se decretó el Estado de Alarma en España como medida para evitar la propagación del Coronavirus (Covid-19), en el que, entre otras cosas, se limitaba la libre circulación de las personas.
En esta línea, el Ministerio de Trasportes, movilidad y Agenda Urbana ha dictado una Orden por la que se dan instrucciones sobre la utilización de determinados trasportes terrestres de viajeros.
Los servicios de transporte público de viajeros por carretera, ferroviarios, aéreo y marítimo de competencia estatal que están sometidos a contrato público u OSP (Obligaciones de Servicio Público) han reducido su oferta total de operaciones en, al menos, los siguientes porcentajes:
Estos porcentajes podrán ser modificados por el operador por causa justificada, teniendo en cuenta que, en todo caso, deben adoptarse las medidas necesarias para procurar la máxima separación posible entre los pasajeros.
Si necesitáramos hacer alguno de los desplazamientos en taxi, debemos saber que estos se tendrán que hacer individualmente, excepto que se acompañe a personas con discapacidad, menores, mayores o por una causa debidamente justificada.
En cuanto al metro, es regulación específica de cada Comunidad Autónoma con este medio de transporte:
Durante el estado de alarma por Coronavirus, solo se puede viajar en barco u avión para volver a tu residencia habitual, dado que las fronteras están cerradas.
Recordamos que, en todos nuestros desplazamientos durante el estado de alarma por coronavirus, es imprescindible mantener la distancia de seguridad de, como mínimo, un metro.
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