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Pronto los patinetes eléctricos y resto de vehículos de movilidad personal deberán tener unas características concretas. ¿Sabes cuáles?
Miriam Montero | 03.02.2022
La pasada modificación del Reglamento General de Circulación establecía que, para que los patinetes eléctricos o vehículos de movilidad personal (VMP) puedan circular, deberán estar provistos de un certificado de circulación. Este debe garantizar el cumplimento de los requisitos técnicos exigibles por la normativa nacional e internacional recogidos en su manual de características, así como su identificación.
El 21 de enero se publicó finalmente la aprobación de este manual de características que define y unifica las características que deben cumplir los VMP para su comercialización y circulación. Te las explicamos a continuación
El manual reitera la definición de VMP:
Todos los VPM deben cumplir con los requisitos especificados en el Manual, para lo cual el fabricante o representante autorizado será responsable de obtener un certificado de circulación para cada modelo y versión de VMP, según el proceso que se detalla.
Si bien entra en vigor al día siguiente de su publicación, da un plazo de adecuación de 2 años desde su entrada en vigor para que todos los modelos que se comercialicen cumplan con estas características y con la obligación de obtención de este certificado. Además, los modelos que ya estén comercializados o se comercialicen durante estos dos años sin certificado, podrán circular durante los próximos 5 años, hasta EL 22 de enero del 2027.
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