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Javier Sanguino | 20.09.2017
Estos últimos días la Compañía aérea Ryanair ha hecho pública la decisión de cancelar una serie de vuelos diarios hasta finales de octubre, por problemas de índole operativa y para recuperar un mayor índice de puntualidad en sus vuelos, según sus propias declaraciones.
En caso de verte afectado por alguna de estas cancelaciones, debes saber que te asisten una serie de derechos recogidos en la normativa europea, en concreto en el Reglamento 261/2004.
- Si se notificó la cancelación al menos con dos semanas de antelación
- Si se notificó la cancelación entre dos semanas y siete días antes de la salida del vuelo, y el nuevo vuelo ofrecido permite salir con no más de dos horas de antelación con respecto a la hora de salida prevista y llegar a destino con menos de cuatro horas de retraso respecto de la hora de llegada prevista.
- Si se notificó con menos de siete días y el vuelo ofrecido como alternativa permite salir con no más de una hora de antelación y llegar a destino con menos de dos horas de retraso respecto de la hora prevista.
En todo caso, antes de plantear la opción de acudir a los tribunales, es fundamental realizar una reclamación previa por escrito ante la propia compañía, Ryanair, y en el caso de no recibir respuesta en el plazo de un mes, formular reclamación a través de la Agencia Española de Seguridad Aérea (AESA), siendo importante adjuntar el billete así como todos los comprobantes de los perjuicios sufridos como consecuencia de la cancelación del vuelo.
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